ARTÍCULO 87 No podrá imponerse pena de asesinato, sino en los delitos que atenten directamente y con fuerza armada contra el orden sabido, y en el de asesinato y homicidio premeditado o seguro. Cerca de las 12:30 pm, en medio del trayecto, la limusina se encontraba pasando frente al edificio https://wavesocialmedia.com/story4045385/se-desconoce-detalles-sobre-reati-amministrativi